¿Cuál es el régimen fiscal indicado para mí? Es una interrogativa que todos nos hemos hecho en su momento y pocos sabemos si estamos realmente en el régimen correcto.

Cumplir con las autoridades no es tema de otro mundo, es cuestión de estar informados y por ello te explicaré los tipos de regímenes fiscales para personas físicas, sus características y obligaciones. 

¿En qué régimen fiscal debo darme de alta?

Para saber cuál es el régimen fiscal en que conviene darse de alta debes definir el tipo de actividad empresarial que vas a realizar. 

Te voy a explicar en qué Regímenes de Personas Físicas existe, en qué consiste cada uno de ello y sus obligaciones tributarias.

1. Régimen de Arrendamiento de Inmuebles

Este régimen es para aquellos que obtienen ganancias por el arrendamiento de inmuebles o propiedades, esto quiere decir las personas que renten casas departamento habitacional, edificios, locales comerciales, bodegas entre otros.

Obligaciones del régimen de Arrendamiento de Inmuebles:

    • Inscribirse e imprimir el RFC
    • Mantener los datos actualizados:
    • Si opta por aplicar la deducción especial del 35% no estará obligado a llevar la contabilidad electrónica, pero si tuviera gastos con IVA y deseara aprovechar solo deberá tener un sistema electrónico para llevar su contabilidad.
  • Emite facturas con versión 3.3
  • Puede presentar pagos provisionales trimestrales de ISR, y en su caso del IVA, si tus ingresos mensuales no superan los 24,502.40 pesos.
  • Las deducciones personales se deducen en la declaración anual.
  • Si obtiene ingresos por actividades empresariales se puede optar por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, siempre que los ingresos por ambas actividades no superen los 2 millones de pesos anuales.
  • En el portal del SAT se llevará la contabilidad en Mis cuentas.

Regímenes para Personas Físicas

2. Régimen de Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional 

Si tu segmento de mercado es uno que implica ganar dinero en comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o avícolas.

En este apartado entran las empresas como: cafeterías, fondas, bares, restaurantes, misceláneas, minisúper refaccionarias, tienda de abarrotes, etc.

Obligaciones del régimen de Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional

  • Inscripción al RFC (o consultar el RFC si ya lo tienes)
  • Emita factura versión 3.3
  • Los que están en éste régimen y que no superen los dos millones de pesos podrán llevar sus registros en «Mis cuentas», si lo superan deberán tener un sistema de contabilidad para facilitar el envío de la contabilidad electrónica. 
  • Presentará declaraciones mensuales y regularmente una d las desventajas que de acuerdo la cantidad que facturan tienen impuestos a pagar.
  • Este tipo de persona física a diferencia del resto es de los que más obligaciones tienen y menos ventajas obtienen.

3. Régimen de Incorporación Fiscal

En el Régimen de Incorporación Fiscal entran aquellas personas que realizan actividades empresariales como: venta de bienes o prestación de servicios, pero que no requieran de título profesional para realizarlos.

Como ejemplo podemos considerar a personas que realizan actividades como: tienda de abarrotes, papelería, carnicería, frutería o plomería, carpintería, herrería albañilería, transporte público, cortes de cabello, entre otros. 

Obligaciones del régimen de Incorporación Fiscal 

  • Inscripción al RFC
  • Presenta su contabilidad por medio de Mis cuentas
  • Realiza declaraciones bimestrales definitivas o presentación anual
  • Venta de productos por los que obtienes una comisión, siempre que no sea superior al 30% de tus ingresos totales, por ejemplo: comisión por venta de tarjetas telefónicas, tiempo aire, productos de belleza, entre otros.

-Ingresos no mayores a $2,000,000 al año
-No ser socio, accionista o integrante de una persona moral
-Presenta impuestos bimestrales definitivos (IVA e ISR)
-No presenta contabilidad electrónica

 

 

Este régimen es el más aconsejable porque tiene mayores beneficios que los demás, existen reducciones del ISR, el que tributa aquí tiene la opción de contar con el servicio del IMSS y de crédito Infonavit.

Con esta herramienta puedes calcular el ISR.
También te invito a revisar este artículo para que sepas como calcular el ISR

Adicionalmente puede estar en cualquier otro régimen sin problemas, ejemplo: asalariado o asimilado a salarios.

4. Servicios Profesionales (Honorarios)

Si eres una persona que realiza actividades profesionales debes darte de alta en este régimen, en este apartado entran por ejemplo: contadores, arquitectos, abogados, médicos, dentistas, ingenieros y los trabajadores conocidos como Freelancer. 

Obligaciones del régimen de Servicios Profesionales por Honorarios:

  • Inscripción al RFC
  • Presenta declaraciones mensuales y anual
  • Realiza su contabilidad en Mis cuentas y es opcional hacerlo allí
  • Emite facturas 3.3
  • Deducciones personales que se deducen en la declaración anual
  • No cuenta con beneficios de reducción de impuestos, únicamente de estímulos fiscales

5. Régimen de Actividades agrícolas, ganaderas, avícolas y pesqueras

Si eres una persona física que se dedica exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, avícolas o pesqueras, puedes darte de alta en este régimen. 

En este ramo entran las personas que sus ingresos representan cuando menos 90% de la actividad de producción.

Obligaciones del régimen de Actividades agrícolas, ganaderas, avícolas y pesqueras:

  • Inscripción al RFC
  • No presenta declaración anual 
  • Presenta declaraciones semestrales
  • Sus obligaciones pueden optar por pagar tus impuestos de forma independiente o como integrante de una persona moral
  • Si obtienes ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, avícolas o pesqueras y representan cuando menos el 25% de tus ingresos totales en el ejercicio
  • Se puede tributar teniendo ingresos por actividades empresariales distintas al sector primario o incluso obtener otro tipo de ingreso; siempre que en el ejercicio el total de los mismos no rebasen de 8 UMA´s elevadas al año.

6. Régimen de Asalariados 

Este régimen se aplica cuando una persona física es contratada por una empresa y recibe ingresos regulares ya sea semanal, quincenal o mensual. 

Obligaciones del régimen de Asalariados

  • Inscribirte en el RFC
  • Mantén actualizada tu información ante el RFC
  • Presentar tu declaración anual

La diferencia que existe entre asalariado y RIF es que el primero si cuenta con acceso a servicio del IMSS y Infonavit, adicionalmente que tendrá la oportunidad de una pensión en el futuro que no la proporciona otro régimen.

La diferencia entre la persona física asalariada contra el asimilado a sueldos y salarios es que este último no cuenta con ninguna prestación de ley, ambos regímenes no estarán obligados a presentar declaraciones anuales porque la empresa las realizará.

Las personas físicas asalariadas deben de recibir el sueldo neto del salario bruto que está establecido en su contrato, esto quiere decir que del dinero total de ingreso deben descontarle los impuestos como el ISR y demás prestaciones.

Para hacer este calculo puedes consultar este artículo de Cómo Calcular el Sueldo Neto o hacer el calculo con esta herramienta https://www.nominapro.mx/calculadora-sueldo-neto-bruto/

Nueva calculadora de Sueldo Neto o bruto

Tanto las personas físicas asalariadas como los asimilados a sueldos y salarios no están obligados a presentar declaraciones no podrán ser obtenidos por emprendedores porque estos son dueños de su propio negocio.

Si quieres evitar problemas con el SAT lo mejor es que te asegures de elegir o estar en el régimen fiscal correcto, recuerda que cada uno de ellos tiene obligaciones, pero también algunos incentivos. 

Ahora ya conoces cuales son los regímenes para personas fiscales, Elige el más adecuado para tu actividad económica, comienza a expedir facturas electrónicas y a generar más confianza en tus clientes. 

7. Régimen de confianza

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