Han pasado algunos meses desde que la actualización de CFDI 3.3 entró en función, pero existen cambios que aún causan confusión.
Para ayudarte aquí te explicaremos a detalle 3 de los principales cambios de esta actualización.
Comencemos definiendo qué es CFDI y para qué se utiliza.

¿Qué es CFDI?
Las siglas CFDI significan Comprobante Fiscal Digital por Internet, un esquema de facturación electrónica que entró en vigor el 1 de enero de 2014 al día, siendo obligatorio para todas las empresas mexicanas.
El modelo CFDI sustituye al anterior esquema CFD (Comprobante Fiscal Digital) que finalizó su vigencia el 31 de diciembre de 2013.
La principal diferencia entre estos dos esquemas es la incorporación de la figura del PAC al CFDI, que se encarga de validar las facturas antes de enviarlas a la autoridad tributaria.
Los PAC Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI cuenta con una autorización por parte del SAT para validar los CFDI, les asigna un folio y sello digital.
Es recomendable que el Sistema de Facturación que utilices esté debidamente respaldado por un PAC debidamente autorizado para evitar problemas en el timbrado de tus facturas.
Existen sistemas de facturación que permiten probar su plataforma para que los usuarios puedan verificar que sus facturas están debidamente validadas y la generación del CFDI sea rápida y sencilla.
Principales Características del CFDI
Auténtico
La identidad del emisor del comprobante puede verificarse a través de su Certificado de Sello Digital. (CSD)
Verificable
La persona que emita un CFDI no podrá negar haberlo generado.
Único
Cada CFDI lleva registrado un identificador que otorga un PAC que lo convierte en único.
Íntegro
La información contendida en un cfdi no puede manipularse ni modificarse sin que se detecte.
¿Qué implica la actualización CFDI 3.3?
A partir del 1 de julio del 2017 se estableció una nueva actualización que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2018
Esta actualización es la versión 3.3 de CFDI dejando como obsoleta la versión 3.2 que fue permitida hasta el 31 de diciembre del año anterior.
Un punto importante es que los sistemas para facturar en linea, también debieron actualizarse para ser compatibles con esta versión y hay algunos que aún no se han actualizado totalmente.
Con esta actualización hay algunos cambios que hay que tomar en cuenta y aquí te los explicaremos para que te asegurares que tu sistema de facturación 3.3 los cumpla y evites complicaciones.
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1.- Claves de los catálogo de productos o servicios
Es importante tener en cuenta que para antes del 31 de junio de 2018 ya no serán aceptados los errores en relación a las claves de los catálogo.
Si tienes facturas con clave distinta al producto o servicio que es la actividad que realizas si serán deducibles, sin embargo, después de esa fecha si continúas con una clave incorrecta ya no tendrán el valor para deducirse.
Debes recordar que la descripción y la clave de la factura que emites no debe salir del grupo establecido para tu actividad.
Por ejemplo:
Si tu actividad es la prestación de servicio administrativo, únicamente deberás identificar el servicio que estas proporcionando a tu cliente para facturarle con la clave correcta, revisa aquí las posibles claves que puedes utilizar
Validación
Los CFDI 3.3 se verificarán solo con el UUID (folio fiscal), tanto el emisor como del receptor, con ello se conocerá varios aspectos del comprobante.
La nueva versión trae nuevos cambios que estarán verificados por el PAC antes de su envío, estos no aparecen en la verificación del SAT, es decir, solo se muestran datos generales del CFDI a verificar y si están vigentes en la base del SAT en el momento de su consulta.
Los puntos a verificar serán:
- Forma de pago
- Uso del CFDI
- Clave de producto o servicio
- Clave de Unidad de Medida
- Impuestos aplicables
- Entre otros datos que el CFDI versión 3.2 no considera
Nota: no únicamente debes verificar el CFDI, tienes que verificar q ue el dato que contiene el XML se correcto y lo puedes obtener en la herramienta de “recuperar los CFDI’s”.
- Claves de unidad de medida
El catálogo de las medidas siempre será correspondiente con el Catálogo de Productos y Servicios.
Son actualmente en total 2 mil 400 unidades de medida.
Cabe mencionar que a partir del 1 de julio las cancelaciones de facturas deberán ser notificadas al cliente por medio de Buzón tributario para que éste lo acepte o no y se proceda a cancelar CFDI por parte del proveedor.
2.- Manejo de aplicación de los pagos anticipados
Esto se entiende como un pago anticipado realizado en una operación donde se conoce o se determina el bien o servicio por adquirir y aún existe incertidumbre de cuándo se pagará por completo o si su precio cambiará.
Este tipo de CFDI también tiene un XML correspondiente por su falta de reporte que tienen cuando el proveedor recibe un pago y se desconocía la acusación del IVA y por lo tanto la acumulación del ingreso para efectos del ISR.
Nota: la clave recomendada para producto o servicio del anticipo se considera la 84111506 (servicios de facturación, dado que el concepto del anticipo no se conoce.
- Forma y método de pago del anticipo
La forma de pago, es la que realizó el cliente y se deben considerar las formas de pago del anexo 20 del SAT
Y siempre será pago en una sola exhibición
- Tipo de relación y CFDI relacionado
Deberá ser la clave “07 CFDI por aplicación del anticipo” y debe ingresarse el folio fiscal.
- Complemento de pago
Cuando el CFDI no se haya realizado por un pago en una sola exhibición, éste deberá especificarse como “pago en parcialidades”.
Debe emitirse un CFDI por el valor total de la operación en el momento en se ésta se realice y posteriormente emitir un CFDI con cada uno de los pagos que reciba se debe señalar “cero”. Siempre se emitirá un complemento de pago o recibo electrónico por cada pago recibido o pagos recibidos en un mes.
3.- Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Como he mencionado antes, el proveedor tiene el derecho de cancelar una factura, pero la obligación de solicitar consideración de su cliente, sin embargo, no todos aceptarán dicha cancelación y en esos casos puedes cancelar un CFDI siempre y cuando:
- Sea un ingreso por un monto de hasta $5,0000
- Por concepto de nómina
- Por concepto de egresos
- Por concepto de traslado
- Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF
Aceptación del receptor para la cancelación del CFDI
- Emitidos a través de “Mis cuentas”
- Que amparen retenciones
- Expedidos en operaciones al público en general
- Emitidos a residentes en el extranjero
- Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 hrs. Inmediatas siguientes a su expedición.

¡Hola! Me encanta escribir y combinarlo con mi experiencia en el área administrativa. Disfruto ayudar a las personas a llevar sus finanzas personales y asesorar a las empresas en todo lo relacionado a su contabilidad.
Información importante gracias por compartir
Gracias, me fue muy útil esta información.
Les agradezco por la información, muy valiosa, son lo detalles finos que no apreciamos y que pueden impactarnos
Muchas gracias