Estímulo fiscal zona fronteriza. Ajustes de ISR e IVA en la Zona Fronteriza

Obtén toda la Información que Necesitas para Utilizar a tu Favor el Estímulo Fiscal zona fronteriza del ISR y el IVA en Zona Fronteriza.

Hasta antes del primero de Enero los contribuyentes de todo el país facturaban con un IVA igualitario, ahora se puede facturar con la nueva disposición del IVA del 8% aplicable únicamente para la zona fronteriza norte.

En materia del ISR se otorga un estímulo fiscal consistente en un subsidio decretado por la federación que beneficia a cierto sector de la zona norte del país. Voy a informarte de todos los cambios en este artículo, por lo que vamos a comenzar con lo básico:

¿Qué es el IVA?

El Impuesto al Valor Agregado es una tasa calculada sobre los productos o servicios por su enajenación, y estos gravan un impuesto indirecto del 16%, aunque según las nuevas disposiciones se le aplicará una reducción del 50% en la región fronteriza norte.

El IVA aplica en todas las transacciones comerciales, pero no es considerado como un impuesto “directo” porque tanto personas morales como físicas lo declararán como “acreditable” y será restado al IVA “trasladado” para conocer el IVA que debe pagar en la declaración; aunque en la actualidad los Mejores Sistemas de Facturación Electrónica ya calculan este monto, te muestro un ejemplo para entender mejor los conceptos:

Tipos de IVA

Con esta herramienta puedes hacer el cálculo de IVA de manera rápida y sencilla. 

¿Qué es el ISR?

El Impuesto Sobre la Renta es un impuesto “directo” porque grava directamente a los ingresos de los adquiridos por el contribuyente.

Entre los ingresos que grava el ISR se encuentran:

Para conocer cuánto es la retención que te aplican puedes utilizar esta calculadora de ISR 

¿Qué es un Estímulo Fiscal?

Pocos saben que el estímulo fiscal es una forma de reducir o exentar el pago de las contribuciones en el periodo de sus obligaciones.

Se trata de un recurso otorgado por apoyos gubernamentales que se destinan para promover el desarrollo de una o varias regiones y de esta forma aportar estabilidad económica al país.

 

¿Por qué la Reducción del IVA al 8% y el ISR?

En el DOF se emitió el decreto de disminución al 50% del IVA, que estará vigente durante el 2019 y 2020 únicamente, así como de la disminución del ISR para los contribuyentes que obtendrán un beneficio por éste estímulo, mismo que será de la tercera parte en el ejercicio o pagos provisionales.

Aqui te dejo un útil herramienta para calcular tu ISR 

Aprovecha los Beneficios de estos Estímulos Fiscales

El objetivo consiste en fortalecer la economía, mejorar la competitividad frente al mercado de los Estados Unidos de América, incrementar la inversión, fomentar la productividad y contribuir a la creación de fuentes de empleo en la franja fronteriza.

Si aún no cuentas con un sistema de Facturación Electrónica, entonces la siguiente tabla te podrá ser de mucha ayuda:

 

¿Quiénes podrán Aprovechar el IVA al 8% y la Reducción del ISR?

Los contribuyentes sujetos a este beneficio serán los que cuentan con un domicilio fiscal en los municipios de la zona frontera norte y/o que tengan algún establecimiento o sucursal en esa región.

Los municipios considerados como zonas fronterizas son:

Estados con Estimulos Fiscales de ISR e IVA en la Zona Froteriza

Pueden Optar por el Estímulo Fiscal del IVA

De estos Estados, Personas Físicas y Morales que realicen los actos o actividades de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes en establecimientos pueden optar por la reducción del impuesto.

 

No Pueden Optar por el Estímulo Fiscal del IVA

Contribuyentes dedicados a la enajenación de bienes inmuebles, intangibles o suministros de contenidos digitales tales como audio o video (de una combinación o ambos) mediante descarga o recepción temporal de archivos electrónicos.

Del siguiente listado de contribuyentes son los que estarán bajo validación del SAT para calificar si son candidatos o no para ambos casos (IVA e ISR):

  • Contribuyentes que tengan operaciones simuladas y que no existan comprobantes con Folios Digitales SAT que amparan la actividad.
  • Contribuyentes con Antecedentes de Incumplimiento de obligaciones.
  • Maquiladoras importadoras aun con mercancía temporal, sin embargo, para los prestadores de servicios de mantenimientos de maquinaria sí pueden optar por el estímulo fiscal.

 

Aprovecha los Beneficios de los Estímulos Fiscales del ISR

Para el caso de los beneficiarios sobre el ISR serán:

  • Personas Físicas en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales.
  • Personas Morales de Régimen General (título II LISR).
  • Personas Morales de Régimen General que apliquen la opción de tributar con base a flujo de efectivo (Título VII, Capítulo VIII LISR).

 

No pueden Optar por el Estímulo Fiscal del ISR

  • Contribuyentes del Sector Financiero.
  • Aquellos en Régimen Opcional para grupos de sociedades o en el régimen de coordinados.
  • Aquellos que realicen actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
  • Los Contribuyentes de Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Contribuyentes cuyos egresos provengan de la prestación de un servicio profesional independiente.
  • Realicen actividades económicas a través de fideicomisos.
  • Aquellos que apliquen otros tratamientos fiscales que otorguen beneficios o estímulos fiscales, incluyendo exenciones o subsidios.
  • Contribuyentes que se encuentren en ejercicio de liquidación.
  • Sociedades cooperativas de producción.
  • Ingresos derivados de bienes intangibles.
  • Actividades dentro del comercio digital como los Proveedores de Hosting.
  • Empresas productivas del Estado y sus subsidiarias.

 

Conoce los Requisitos Forzosos para poder acceder al IVA del 8% y la Disminución de ISR

Requisitos Forzosos para poder acceder al IVA del 8% y la Disminución de ISR

 

¿Cómo Presentar los Avisos en el Portal del SAT?

Para presentar aviso de ambos estímulos se debe realizar por medio de la página principal del SAT donde se tiene que localizar el siguiente ícono de “Contacto”:

Asistencia en Internet Portal SAT

 

Al dar clic elegirás la opción “Asistencia por Internet”:

Asistencia en Internet Portal SAT Contacto

Y posteriormente se elige la Opción de “Portal Personal Mi Portal (Contribuyente)”:

Mi Portal de Contribuyentes SAT

Una vez que te Autentifiques (RCF y Contraseña), en el menú izquierdo elegirás “Servicios por Internet” y Después “Servicio o Solicitudes”:

Menu de Servicios por Internet SAT

Se eligen “Servicio o Solicitudes”, y posteriormente “Servicio”, en el que se desplegará una página de “Servicio de Aviso”, misma que se llenará de la siguiente manera:

Servicio de Aviso SAT

En el apartado de “Adjuntar Archivo” se debe adjuntar el documento correspondiente de los requisitos, posteriormente se le da “Enviar”. Te llegará un número de Acuse de Recibido.

El SAT se pondrá en contacto a través de una notificación de aceptación o rechazo por medio del correo electrónico registrado en los datos del contribuyente.

Si no se Recibe una Respuesta por parte del SAT, se realiza una consulta en el mismo menú de Servicios por Internet y se llena el formulario para conocer el estatus:

Servicio de Solicitudes SAT

Aprovecha los estímulos fiscales de la Frontera Norte en este 2019 y 2020, para hacer Crecer tu Negocio, pero no olvides que tener en regla tus finanzas y un contar con un Servicio de Timbrado de Facturas para que tus movimientos sean certificados por el SAT.

Si aun no cuentas con un buen proveedor de Proveedor de Servicio de Facturación Electrónica, te recomiendo dar Click AQUÍ y analizar nuestra tabla comparativa de los Mejores Servicios.

 

 

 

 


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