El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), es un impuesto que debe pagarse por producir, vender o importar ciertos productos como: bebidas alcohólicas, cerveza, combustibles, refrescos, bebidas rehidratantes, cigarros y tabacos.
Este Impuesto entró en vigor en el país en el año 1980 y se encuentra bajo el rigor de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Se cobra de forma indirecta, similar a lo que pasa con el IVA, esto quiere decir que los contribuyentes (vendedores) no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes.
El pago de este impuesto debe hacerse de manera mensual a más tardar los días 17 de cada mes siguiente al que corresponda el pago y se tiene que presentar ante el SAT.
Ahora que hemos definido qué es el IEPS, vamos a conocer quienes deben pagarlo.
¿Quién está sujeto al pago del IEPS?
Las personas que se encuentran obligadas al pago de este impuesto son las personas físicas con actividad empresarial y personas morales que se dediquen a las siguientes actividades:
Enajenación de:
- Bebidas con contenido alcohólico y cerveza.
- Alcohol, Alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
- Tabacos labrados.
- Combustibles automotrices.
- Bebidas energizantes.
- Bebidas saborizadas.
- Combustibles fósiles.
- Alimentos no básicos.
Prestación de servicios como:
- Realización de juegos de apuestas y/o sorteos.
- Redes públicas de telecomunicaciones.
- Exportación definitiva de alimentos no básicos.
Este pago es obligatorio mientras las anteriores actividades se realicen dentro de territorio mexicano o en su caso, se dediquen a la importación de estos bienes a otros países.
¿Quiénes están exentos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios?
Las personas que se encuentran exentos de pagar IEPS son las que se dedican a la venta de los siguientes productos:
- Aguamiel y derivados.
- Los comercializadores o vendedores (es decir que no son productores) de tabaco labrados, gasolina y diésel, cerveza, bebidas refrescantes, puros y otros.
- Bienes que se encuentren sujetos al régimen aduanero.
Es importante mencionar que de acuerdo a la ley se exenta de este impuesto a los productos que sean derivados de la fermentación de aguamiel, como es el caso del pulque, que aunque es una bebida alcohólica no tiene que pagar este gravamen.
Tablas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, IEPS 2021
IEPS Gasolina 2021 | Porcentaje |
Gasolina Magna (menos a 92 octanos) | 5,11% |
Gasolina Prémium (mayor o igual a 92 octanos) | 4,31% |
Diesel | 5,44% |
Combustibles no fósiles | 4,32% |
A la venta de diésel, gasolinas y combustibles fósiles dentro del país, se aplican las siguientes cuotas:
Combustibles | Cuota IEPS |
Gasolina menor a 92 octanos | 45,14 centavos por litro |
Gasolina mayor o igual a 92 octanos | 55,08 centavos por litro |
Diésel | 37,46 centavos por litro |
Combustibles Fósiles | Cuota IEPS |
Propano | 7.72 centavos por litro |
Butano | 10 centavos por litro |
Gasolina y gasavión | 13.55 centavos por litro |
Turbosina y otros kerosenos | 16.19 centavos por litro |
Diesel | 16.45 centavos por litros |
Combustóleo | 17.55 centavos por litro |
Coque de petróleo | 20.37 pesos por tonelada |
Coque de carbón | 47.77 pesos por tonelada |
Carbón mineral | 35.97 pesos por tonelada |
Otros combustibles fósiles | 52 pesos por tonelada de carbono que contenga |
Tabacos labrados | Porcentaje |
Cigarros | 160% |
Puros y otros tabacos labrados | 160% |
Puros y otros tabacos labrados hechos a mano | 30.4% |
Desde enero de 2020 se pagó un incremento de 42% por cada cigarrillo que contenga la cajetilla, por actualización, es decir, cada cigarrillo que cueste 35 centavos a partir de 2020 ahora costará 50 centavos.
Bebidas saborizadas | Cuota |
Saborizadas como concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas y jarabes o concentrados para preparar bebidas saborizadas y/o que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos. | 1.2616 pesos por litro |
Bebidas con contenido alcohólico y cerveza | Porcentaje |
Alcohol hasta 14° GL | 26.5% |
Alcohol de más de 14° y hasta 20° GL | 30% |
Alcohol de más de 20° GL | 53% |
Alcohol
Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables: 50%.
Bebidas energizantes
Tanto las bebidas energizantes como los concentrados, polvos y jarabes para prepararlas: 25%.
Plaguicidas | Porcentaje |
Categoría 1 y 2 | 9% |
Categoría 3 | 7% |
Categoría 4 | 6% |
Alimentos no básicos | Porcentaje |
Con una densidad calórica de 275 kc o mayor por cada 100 gramos:
|
8% |
¿Cómo se Calcula el IEPS?
Para calcular el IEPS debes saber que las tasas y cuotas aplicables de cada producto pueden ser porcentuales o por unidad de medida, por ejemplo:
- En el caso de la gasolina se aplica por litro o toneladas (unidad de medida)
- Para los alimentos no básicos se aplica por porcentaje % (porcentual), así que debes agregarlos a la operación de forma correcta.
Para hacer el cálculo adecuadamente necesitas lo siguiente:
- Primero debes saber que el cálculo se hace sobre la base gravable de la mercancía es decir el valor que esta tiene en aduana.
- Ahora debes saber cuáles son las contribuciones a las que tu mercancía está sujeta, regularmente son:
- Impuesto General de Importación (IGI)
- Derecho de Trámite Aduanero (DTA)
- Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Impuestos Especiales sobre Producción y Servicios (IEPS)
De lo anterior debes contemplar que sus cuotas o tasas pueden variar por año, por lo tanto debes estar pendiente de ello para que tu cálculo sea correcto.
Tengo una pregunta, quiero exportar de Mexico hacia USA, un producto que contiene alcohol, la persona que lo produce dice que al momento de facturarme tiene que cobrar el 16% de IVA, mas el 53% del IEPS, a lo que entiendo por lo que encuentro aqui en su articulo, ese impuesto no aplica si es para exportacion, solo quiero confirmar esa informacion con ustedes.
osea al momento de facturarme nomas me debe de cobran el 16% de iva
Gracias
Se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, principalmente. Así como sucede con el IVA, es un impuesto indirecto, es decir que los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes.
El IEPS se causa con motivo de la importación de ciertos bienes y se determina aplicando la siguiente tasa:
A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:
Con una graduación alcohólica de hasta 14° G.L: 26.5%
Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20°G.L: 30%
Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L: 53%
B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables: 50%
C) Tabacos labrados:
Cigarros: 160%
Puros y otros tabacos labrados: 160%
Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano: 30.4%
Hola! Duda: ¿La venta de hot dogs (perritos calientes) causa pago de IEPS?
Todo lo que excede de 250 calorías incluida toda la comida chatarra.